Ley No. 492, Ley de 25 de enero de 2014
Cargando...
Fecha
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Asamblea Legislativa Plurinacional
Resumen
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto regular el procedimiento para la suscripción de acuerdos o convenios intergubernativos entre gobiernos autónomos o entre éstos con el nivel central del Estado, en el ejercicio de sus competencias y atribuciones.
ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN). La presente Ley tiene como ámbito de aplicación el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.
ARTÍCULO 3. (ACUERDOS O CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS). Los acuerdos o convenios intergubernativos son aquellos suscritos entre gobiernos autónomos y éstos con el nivel central del Estado, destinados al ejercicio coordinado de sus competencias y la implementación conjunta de planes, programas o proyectos concurrentes en el marco de las competencias exclusivas, concurrentes y compartidas.
Descripción
8 p.


