Ley No. 477 : Ley de 30 de diciemre de 2013 : Ley contra el avasallamiento y tráfico de tierras

Cargando...
Miniatura

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Asamblea Legislativa Plurinacional

Resumen

Decreta; Ley contra el avasallamiento y tráfico de tierras. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. El Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, garantizará el ejercicio del derecho posesorio y de propiedad sobre predios en proceso de saneamiento en curso hasta el registro del Título Ejecutorial en Derechos Reales, adoptando, de oficio o a pedido de parte, las medidas precautorias que se requieran, conforme a lo señalado en la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 3545, excepto en aquellos procesos que sean de conocimiento del Tribunal Agroambiental. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA. Los desalojos en áreas en proceso de saneamiento, reservas forestales y áreas protegidas, se rigen por la normativa vigente, pudiendo las entidades administrativas competentes aplicar las disposiciones de la presente Ley, en lo que corresponda en caso de vacíos normativos.

Descripción

Citación

Colecciones

Aprobación

Revisión

Complementado por

Referenciado por