Decreto Supremo No. 346 de 28 de octubre de 2009 : difiere el Gravamen Arancelario en 0% de animales vivos de especie bovina, carne bovina, trigo, grasas y aceites
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EN CONSEJO DE MINISTROS, D E C R E T A:
Artículo Único. - A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, se difiere hasta el 30 de abril de 2010, el Gravamen Arancelario a cero por ciento (0%) para la importación de productos alimenticios detallados en Anexo adjunto: Animales vivos de la especie bovina; carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada; carne de animales de la especie bovina congelada; Trigo y morcajo (tranquillón); grasas y aceites, animales o vegetales y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo; grasas y aceites, animales, y sus fracciones.
Descripción
3 p.


